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La Convención Nacional fue la institución principal de la Primera República Francesa, Asamblea electa de carácter constituyente que concentró los poderes ejecutivo (hasta su delegación en el Comité de Salvación Pública) y legislativo en Francia desde el 20 de septiembre de1792 al 26 de octubre de 1795. Comenzó con una asamblea de tipo constituyente que fue convocada en septiembre de 1792, y se formó a raíz de las elecciones celebradas anteriormente. Uno de sus primeros cometidos fue la redacción de una constitución que sustituyera a la de1791. Esta constitución, aunque no se llevó a la práctica debido a las presiones exteriores de las potencias europeas antirrevolucionarias, sí que es considerada por muchos autores e historiadores como una de las más adelantadas que han existido. Incluía entre sus adelantos elsufragio universal, el derecho a la educación y al trabajo, y la protección con dinero público de los más humildes. La asamblea suprimió lamonarquía, aunque dejó para más tarde la proclamación oficial de la república (I República).

Relacionado con este hecho estuvo el proceso y sentencia a muerte por mayoría simple de Luis XVI, alegando pruebas como su complicidad o connivencia con los enemigos de Francia. También redactó un calendario especial; el calendario republicano, en el que cada mes estaba relacionado con alguna actividad agrícola o acontecimiento meteorológico.

La Convención fue electa como asamblea de carácter constituyente, con autoridad para ejercer los poderes ejecutivo (gobierno) y legislativo (aprobación de leyes). Su importancia entre el conjunto de instituciones revolucionarias queda de manifiesto en la ley del 14 frimario del año II (4 de diciembre de 1793), según la cual la Convención Nacional es "el único centro de impulso del gobierno".

Con el tiempo, la actividad de la Convención se va encauzando a través de órganos más limitados, los comités y las comisiones, en las que el pleno de la Convención delega algunas funciones. En general, los comités tienden a asumir competencias propias y tienen un carácter permanente o quasipermanente, aunque la Convención se reserva la potestad de suprimirlos o modificar su composición en todo momento. Las comisiones, en cambio, se forman para objetivos y tareas muy concretas, y suelen disolverse tras realizarlas.

Aunque el conjunto de órganos creados bajo la autoridad de la Convención varía durante sus distintas etapas, algunos de estos órganos alcanzaron una gran importancia y se afirmaron como instituciones centrales en el sistema político revolucionario.

El Comité de Defensa General

El Comité de Defensa General fue formado en enero de 1793 para coordinar la actividad de los distintos comités que se habían ido nombrando en el seno de la Convención.

[editar]El Comité de Salvación Pública